MSc. Mario Peña Chacón Consultor legal ambiental, profesor de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica. Según el XII Informe del Estado de la Nación, Costa Rica recibe más de 167 km3 de precipitaciones anuales, dispone 112,4 km2 de recurso hídrico, posee 34 cuencas hidrográficas y cuenta con un índice de cobertura de agua para consumo humano de un 82.2%.
A pesar de lo anterior, los cuerpos acuáticos
superficiales presentan un grado importante de contaminación
proveniente en un 20% de aguas residuales urbanas, un 40% de desechos
sólidos e industriales y un 40% se originado del sector agrícola.
Únicamente el 3% de los efluentes producidos en el país son tratados y
tan sólo el 5% del sector industrial cuenta con sistemas de tratamiento
de aguas residuales, además, diariamente cerca de 250 mil m3 de aguas
residuales son vertidos en el Río Virilla ubicado en el Gran Área
Metropolitana, convirtiendo a la cuenca del Río Grande de Tárcoles en
la más contaminada de Centro América.
La gestión actual del recurso hídrico se caracteriza por ser
fragmentada, descoordinada, centralizada, vertical y poco
participativa. En la práctica no se cuenta con un verdadero ente rector
en la materia, más de veinte instituciones se disputan competencias
hídricas, carecemos de una moderna ley marco del recurso que amalgame
las más de 110 normas jurídicas vigentes que lo regulan, hay una
ausencia total de planificación tanto a nivel nacional como a nivel de
cuencas, adolecemos de clasificación de la calidad de los cuerpos
superficiales, y por si fuera poco, tampoco se regulan los caudales
ambientales.
Con el fin de reforzar los mecanismos de comando control que no
lograron, por si solos, reducir los índices de contaminación, y además
poner en práctica el principio contaminador-pagador, el Poder Ejecutivo
promulgó en el año 2003 el instrumento económico de regulación de la
contaminación denominado Canon Ambiental por Vertidos (decreto
ejecutivo 31176-MINAE), por medio del cual los usuarios-contaminadores,
ya sean personas físicas o jurídicas, públicas y privadas (incluyendo
a los entes prestatarios del servicio de alcantarillado sanitario)
deben cancelarle al Estado un pago en contraprestación del servicio
ambiental brindado por los cuerpos acuáticos superficiales (bienes de
dominio público) por el trasporte y eliminación de los desechos
líquidos originados en un vertimiento puntual, los cuales puedan causar
efectos nocivos sobre el recurso hídrico, los ecosistemas relacionados,
la salud humana y las actividades productivas. Los fondos recaudados
serían utilizados exclusivamente para financiar proyectos de
alcantarillo y tratamiento de aguas residuales, promoción de producción
más limpia, monitoreo de fuentes emisoras y educación ambiental.
A pesar de las bondades antes descritas, el Poder Ejecutivo por medio
del MINAET se ha negado reiteradamente a poner en práctica el canon por
vertidos, a tal punto que fue la Sala Constitucional la que le ordenó,
a raíz de un recurso de amparo, tomar las medidas necesarias para su
puesta en vigencia. Como consecuencia de lo anterior, mediante el
decreto ejecutivo 34431 MINAE-S del 04 de marzo de 2008 el mismo Poder
Ejecutivo estableció como fecha de entrada del instrumento jurídico
seis meses posteriores a su promulgación, mismos que se cumplieron el
pasado 04 de setiembre sin que a la fecha tengamos noticias al respecto.
Los costarricenses llevamos más de cinco años esperando la
implementación y correcta aplicación de este instrumento de regulación
de la contaminación, y actualmente nos preguntamos: ¿Será que el
Ejecutivo volverá a sucumbir ante los grupos de presión y se verá
obligado a prorrogar su puesta en aplicación? ¿Será que nuevamente
tendremos que acudir a la Sala Constitucional para que lo obligue a
cumplir su deber constitucional de garantizarnos un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado? ¿Por cuánto tiempo más sufriremos las
consecuencias de la contaminación en nuestra salud y el desequilibrio
de los ecosistemas? Paz con la naturaleza, paz con nuestros ríos?
Tienen la palabra nuestras autoridades "ambientales".
San José, 22 de setiembre de 2008.
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